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XLIX

✦ Aniversario ✦

XLIX Aniversario de la SECODENA

49 años en favor de la defensa integral de la Nación

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SECODENA

Secretaría General del Consejo de Defensa de la Nación

Organismo técnico permanente del CODENA, máximo órgano de consulta para la planificación y asesoramiento del Poder Público en los asuntos relacionados con la defensa integral de la Nación, su soberanía y la integridad de su espacio geográfico. Artículo 323 (CRBV).

1977

Fecha de Fundación

Defensa Integral

Funciones

Nacional

Alcance

Atribuciones

Artículo 38 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación.

  1. 1

    Asesorar al Poder Público en la elaboración de los planes de seguridad, desarrollo y defensa integral, en los diversos ámbitos de la vida nacional.

  2. 2

    Formular la política de seguridad, en armonía con los intereses y objetivos de la Nación para garantizar los fines supremos del Estado.

  3. 3

    Elaborar el concepto estratégico de la Nación, teniendo como base vinculante el contenido de los principios fundamentales consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes de la República, con un avance progresivo que atienda la coyuntura y en sintonía con los intereses nacionales.

  4. 4

    Actualizar cuando se requiera el concepto estratégico de la Nación y sugerir lineamientos al Poder Público para la elaboración y ejecución de los planes que de él se deriven.

  5. 5

    Constituir Comités de Trabajo Interinstitucionales y de Emergencia, los cuales estarán integrados por representantes de los distintos organismos involucrados en la problemática objeto de análisis y por otros expertos que se consideren necesarios. Las funciones de estos Comités serán establecidas en el Reglamento de este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica.

  6. 6

    Fomentar la participación activa y permanente del Poder Público y de la sociedad, en los asuntos relacionados con la seguridad de la Nación.

  7. 7

    Requerir de las personas naturales o jurídicas de carácter público y privado los datos, estadísticas e informaciones relacionados con la seguridad de la Nación, así como su necesario apoyo.

  8. 8

    Asegurar que los sistemas de inteligencia, protección civil y demás organismos de seguridad ciudadana del Estado e instituciones afines, remitan los datos, informaciones y estadísticas relacionadas con la seguridad de la Nación.

  9. 9

    Proponer al Presidente o Presidenta de la República intervenir aquellos órganos de seguridad del Estado, en cualquiera de sus niveles y espacios cuando las circunstancias lo ameriten.

  10. 10

    Aprobar directivas para colaborar con la movilización y desmovilización total o parcial, en los diversos ámbitos.

  11. 11

    Asegurar que los integrantes del Sistema de Protección Civil en sus diferentes niveles, programen y coordinen con el órgano respectivo, los recursos públicos y privados necesarios, a fin de prevenir, mitigar, dar respuestas y recuperar los daños ocasionados por eventos de origen natural, técnico y social, que obligatoriamente requieran del apoyo de las estructuras políticas, técnicas, sociales y económicas del Estado.

  12. 12

    Fomentar la formación de equipos multidisciplinarios especializados en seguridad y defensa, del sector público y privado.

  13. 13

    Dictar el reglamento para su organización y funcionamiento.

  14. 14

    Otras que sean decididas en el seno del Consejo, al menos por las dos terceras partes de sus miembros permanentes.

Actividades Institucionales

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